Nueva Disposición: Para autorizar cualquier competencia en Tucumán será obligatorio el apto ambiental.

Una resolución emitida por la Dirección de Medio Ambiente provincial, prohibiendo la realización de pruebas de disciplinas motor (y de mountain bike) si no se cuenta con el Certificado de Aptitud Ambiental (cuyo plazo de emisión es de 45 días hábiles) cobró fuerza la semana pasada.

A la espera. Foto web.
El karting sobre tierra, que preveía concretar una fecha el domingo en El Mollar, es el primer afectado. La variante sobre asfalto de esta especialidad, que prevía correr hoy en El Timbó, había decidido con anterioridad cancelar su fecha por otros motivos, pero podría haber estado alcanzado por la medida.

“Hicimos las gestiones para hablar con Medio Ambiente y pedirle que nos dé el protocolo de impacto según la carrera y la disciplina. Notificamos a la gente que organiza carreras, para reunirnos y ver cómo sigue esto en 2017, definiendo cuáles son los lugares de competencia, para poder hacer con tiempo un calendario anual. Para lo que resta del año, les digo que no cierren calendario hasta que hablemos y otorguemos la aprobación” dijo a LG Deportiva el secretario de Deportes provincial, José Banegas.

En una nota con fecha 31 de octubre de 2016, que lleva la firma de Florencia Sayago y que fue enviada por Medio Ambiente a Banegas, se lo pone al funcionario en conocimiento de la reglamentación. El texto en referencia tuvo su origen en una denuncia de la Asociación Civil Pro Eco Grupo Ecologista contra la realización, en su momento, del Rally Transmontaña. Informado que quienes organizaron esa prueba sí cumplieron el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, el organismo puso de manifiesto otras consideraciones, a saber:

“El artículo 9° del decreto N°220473 - MP-91- establece que el Certificado de Aptitud Ambiental debe ser exigido por todos los organismos de la administración pública provincial y municipal con competencia en la materia de que traten los proyectos sujetos a evaluación de impacto ambiental, quedando prohibido en el territorio provincial la autorización de obras y/o acciones que no cumplan este requisito. Por ello (...) Deportes deberá solicitar el Certificado de Altitud Ambiental en forma previa a su autorización, a las competencias con motos enduro, cuatriciclos, mountain bike, vehículos de tracción de cuatro ruedas y similares, así como a las pistas de carreras o pruebas de autos y motos (Resolución N°116/DCTyMA/03).”

Fuente : La Gaceta. 

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